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Corte Constitucional de Ecuador falla a favor de despenalizar el aborto por violación

Sólo era permitido si la vida de la mujer está en peligro o el embarazo fue producto de una violación a una mujer con discapacidad mental
Internacional

Editor Web

Corte Constitucional de Ecuador falla a favor de despenalizar el aborto por violación Corte Constitucional de Ecuador falla a favor de despenalizar el aborto por violación

Agencias

Quito.- La Corte Constitucional de Ecuador resolvió la despenalización del aborto por violación, un histórico dictamen que se produce en respuesta a una demanda de inconstitucionalidad planteada por agrupaciones de mujeres en 2020.

Por siete votos a favor y dos en contra, la Corte resolvió considerar inconstitucionales dos artículos del Código Orgánico Integral Penal (COIP), referentes al aborto. Sólo era permitido si la vida de la mujer está en peligro o el embarazo fue producto de una violación a una mujer con discapacidad mental.

De esta forma, el alto tribunal declaró inconstitucionales los artículos 149 y 150 del COIP, el primero de los cuales estipulaba penas privativas de libertad de entre seis meses a dos años para una gestante que abortase o toda persona que interviniera en la interrupción voluntaria del embarazo.

Cifras oficiales que indican que 14 niñas y 159 adolescentes dan a luz cada año en el país, producto de violencia sexual.

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