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SCJN invalida artículo de Ley de Salud sobre objeción de conciencia médica

El pleno de la corte consideró que la redacción de este es deficiente y permite que se cometan abusos
Nacional

Staff LC Camargo

SCJN invalida artículo de Ley de Salud sobre objeción de conciencia médica

Redacción

Ciudad de México.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió con mayoría de votos (ocho de los 11 ministros) la invalidez del artículo 10 Bis de la Ley General de Salud (LGS), sobre objeción de conciencia, al considerar que su redacción es deficiente y permite abusos en su invocación por parte de personal médico.

Esta decisión se da una semana después de que la misma Corte reconociera como constitucional el derecho a la objeción de conciencia médica, sin embargo, esto de forma individual y con la obligación de que el Estado garantice la protección de la salud de los pacientes, incluso por aborto.

Ahora los ministros respaldaron la impugnación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra el artículo 10 Bis de la Ley General de Salud que regulaba este derecho.

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La polémica reforma de 2018 permitía a médicos y personal sanitario “ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de servicios que establece esta ley (de salud)”.

Pero la legislación solo matiza que “cuando se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica, no podrá invocarse la objeción de conciencia , en caso contrario se incurrirá en la causal de responsabilidad profesional”.

Los ministros advirtieron de riesgos para los pacientes por la interpretación tan abierta del derecho y pronosticaron una judicialización de la atención médica a posteriori, muchas veces cuando el paciente ya esté muerto.

“Lo congruente era que el legislador se ocupara no solamente del ejercicio de objeción de consciencia, sino también de la manera de brindar los servicios de atención sanitaria de manera continua y oportuna a los afectados”, observó la ministra Yasmín Esquivel.

Esta decisión también procede a dos semanas de que la Suprema Corte declarara inconstitucional la penalización del aborto, lo cual impide encarcelar a las mujeres que tomen esta decisión y al personal médico que las ayuden con consentimiento.

Ministros consideraron que avalar la ley de objeción de conciencia con los términos que presenta era una contradicción respecto al reciente fallo sobre el aborto.

Aun así, el ministro Luis María Aguilar , que proponía el proyecto original que avalaba la Ley General de Salud, defendió su deliberación.

“De ninguna manera yo he planteado una objeción de conciencia, en la que por cierto todos estamos de acuerdo que existe y debe existir, que sea ilimitada, que no tenga ningún límite, al contrario”, justificó.

*Con información de EFE

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