Los derechos de la niñez
“ Desde que a los niños les hablan de sus derechos están incontrolables”. “A mí ya me harta escuchar que los niños tienen derechos, ¿y qué con sus obligaciones?” “Con eso de los derechos de los niños ya no les podemos ni tocar un pelo, ya no se les puede ni gritar”.
Estas suelen ser expresiones de los adultos que, por extraños giros mentales, han llegado a la conclusión de que los derechos humanos son perjudiciales para las niñas y niños, obstáculos para el ejercicio de la autoridad y para la crianza.
La verdad es que tales argumentos carecen de evidencia. En realidad son expresiones cargadas de prejuicio hacia los derechos humanos (y no olvidemos que el motor de los prejuicios suele ser la desinformación, la ignorancia ante aquello que se torna desconocido y, por lo mismo, fuente de ansiedad), de la suspicacia con la que se le ve a las y los menores de edad en una cultura adultocéntrica. Hay quien afirma que los derechos de las niñas y niñas son excesivos. Pero si le damos un vistazo a la Convención sobre los Derechos del Niño podremos constatar que el catálogo de derechos no es excesivo, sino que contiene los mínimos necesarios para humanizarlos.
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Es verdad que existen niñas y niños desenfrenados, impulsivos, oposicionistas, descuidados, irrespetuosos, poco colaboradores. Pero en ninguno de estos casos se debe al exceso de derechos, sino todo lo contrario. En realidad, su “mal comportamiento” no es más que el reflejo de la falta de goce de más de alguno de sus derechos, por ejemplo, a la educación.
En su preámbulo, la Convención considera que el niño debe estar plenamente preparado para una vida independiente en sociedad y ser educado, pero no de cualquier manera, sino “en el espíritu de los ideales proclamados en la Carta de las Naciones Unidas y, en particular, en un espíritu de paz, dignidad, tolerancia, libertad, igualdad y solidaridad”. Un niño irrespetuoso, incapaz de respetar la dignidad del prójimo, no es más que un niño mal educado. Es la ausencia de una formación humana sólida, la que explica la falta de estructura en el niño, de consideración por el prójimo y por el medio ambiente que le rodea.
Los niños tienen derechos, mientras que los padres, madres y tutores tienen responsabilidades y deberes respecto a aquellos, en consonancia con la evolución de sus facultades, dirección y orientación apropiadas para que el niño o niña ejerza los derechos reconocidos en dicha Convención (artículo 5).
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Ambos padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a la crianza y el desarrollo del niño, su preocupación fundamental debe ser el interés superior de la niñez. Al mismo tiempo, es al Estado a quien le corresponde prestar la asistencia apropiada a los padres y a los representantes legales para el desempeño de sus funciones y velar por la creación de instituciones, instalaciones y servicios para el cuidado de los niños (artículo 18).
La niña o niño bien educado se convierte en un ciudadano capaz de vivir en sociedad, cuidando de sí, al mismo tiempo que es considerado con los otros. Para tal fin, la Convención señala en su artículo 29 que la educación que reciba todo niño debe estar encaminada a:
- Desarrollar la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y física del niño hasta el máximo de sus posibilidades;
- Inculcar al niño el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales y de los principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas;
- Inculcar al niño el respeto de sus padres, de su propia identidad cultural, de su idioma y sus valores, de los valores nacionales del país en que vive, del país de que sea originario y de las civilizaciones distintas de la suya;
- Preparar al niño para asumir una vida responsable en una sociedad libre, con espíritu de comprensión, paz, tolerancia, igualdad de los sexos y amistad entre todos los pueblos, grupos étnicos, nacionales y religiosos y personas de origen indígena;
- Inculcar al niño el respeto del medio ambiente natural.
Queda claro, pues, que cuando al niño se le educa en los ideales arriba mencionados, no le queda más que irse convirtiendo, poco a poco, en una persona respetuosa, pacífica, tolerante, solidaria… Queda claro que un niño indolente y destructivo es consecuencia de la violación prolongada de más de alguno de sus derechos.
Los derechos de la infancia no son, pues, un problema, un obstáculo o un estorbo, sino la condición necesaria para humanizar a las niñas y niños y hacer de la sociedad un espacio nutricio, seguro y contenedor.