Lunes, 27 Enero, 2025

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Modelos de Seguridad en México

Las labores de Seguridad en México son llevadas a cabo, principalmente, a través de la Secretaría de la Defensa (SEDENA), Secretaría de Marina (SEMAR)...
Opinión

Otto René Cáceres Parra

Modelos de Seguridad en México

Una de las responsabilidades más importantes que tiene el Estado es la de garantizar la integridad física y patrimonial de sus habitantes por medio de la salvaguarda de la seguridad. De acuerdo con el artículo 21 constitucional, el Estado ha implementado, no sin complicaciones y de forma total, la coordinación entre los tres niveles de gobierno, buscando generar medidas de prevención, investigación y reacción (infracción y sanción) de las conductas delictivas que afectan al país.

Las labores de seguridad e inteligencia en México son llevadas a cabo, principalmente, a través de la Secretaría de la Defensa (SEDENA), Secretaría de Marina (SEMAR), Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), misma que coordina labores de seguridad nacional por medio del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), y la Fiscalía General de la República (FGR). Sin embargo, la carencia de mecanismos efectivos de coordinación intergubernamental, entre las instituciones encargadas de la seguridad, a nivel municipal, estatal y federal, ha producido una serie de deficiencias, en cuanto a transparencia y rendición de cuentas, lo que conlleva a una falta de claridad de los marcos normativos, competencias y protocolos que posibiliten implementar labores reactivas, preventivas y operativas, eficaces y eficientes.

En nuestro país, a partir de los años 90 del siglo XX, el auge del narcotráfico, aunado a la infiltración y corrupción institucionalizada en los cuerpos encargados de la seguridad, en los tres niveles de gobierno, así como también en el sistema judicial, produjeron un crecimiento desmedido del crimen organizado (aún a pesar del control que sobre éste ejercía el partido en el gobierno) alimentado a la vez por la crítica situación económica que atravesaba el país. En 1994 se lleva a cabo una reorganización de las instituciones encargadas de la seguridad, sentando las bases constitucionales para un nuevo modelo de seguridad pública en el país a través de diferentes mecanismos, tales como: el establecimiento de bases para la regulación de las instituciones securitarias y la implementación de criterios para llevar a cabo la coordinación de operaciones que permitieran un desempeño articulado de las corporaciones policiacas. En 1995 es publicada la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP), normando su integración y funcionamiento, como instancia responsable de establecer la coordinación entre los cuerpos policiacos, ministerios públicos y el sistema penitenciario, salvaguardando la integridad y los derechos de los ciudadanos a partir de la articulación de una nueva estrategia de seguridad por medio del Consejo Nacional de Seguridad Pública (CNSP).

Es a partir de este momento que se crean, modifican y desaparecen distintas instituciones encargadas de la seguridad, así como la implementación de distintas estrategias para el combate a los grupos criminales. En este contexto, nuestro país ha contado con cuatro modelos de seguridad pública, compartiendo una serie de características entre ellos.

El primero, Modelo Policial, responde al ejercicio de las actividades de seguridad, a través de instituciones policiacas, por medio de mandos civiles.

En el segundo, Modelo Policial-Militarizado, las labores de seguridad pública son ejercidas por las instituciones y los cuerpos policiacos, conjuntamente con mandos y autoridades militares, a través del nombramiento de elementos castrenses como responsables de instituciones encargadas de llevar a cabo labores de seguridad pública

El tercero, modelo Militarización de la Seguridad Pública, las autoridades policiacas y personal operativo civiles fueron sustituidas por efectivos castrenses en instituciones encargadas de la seguridad pública en los estados y municipios más afectados y con más incidencia del crimen organizado, disponiendo de presencia militar en los estados que así lo requirieran, sin que las Fuerzas Armadas contaran con un respaldo jurídico establecido para su actuación como garantes de la seguridad pública.

El cuarto modelo, Institucionalidad de las Fuerzas Armadas en labores de Seguridad Pública, si bien mantiene una continuidad con el anterior, se diferencia de este, en cuanto a que incorpora un marco jurídico (sustento legal) de operación, normando la intervención y actuación de las Fuerzas Armadas en las labores de seguridad pública, así como contar con la Guardia Nacional, como institución de carácter mixto, es decir, militar-policiaca, cuya misión principal es fortalecer la Estrategia Nacional de Seguridad Pública.

Así, el ejército se encuentra desplegado en el territorio nacional ejerciendo labores de seguridad pública en contra de grupos del crimen organizado, a través de la incorporación de sus efectivos en niveles de dirección, y por tanto, a cargo de tareas operativas. La presencia de las Fuerzas Armadas, a pesar de contar con experiencia y reconocimiento por parte de la ciudadanía, no ha significado la disminución de la violencia, sino al contrario, un aumento en la inseguridad y la violencia, llevando a la generación de un intenso debate acerca de lo que implica la seguridad pública, así como de la reforma y propuesta de leyes acerca de la participación del ejército en el ejercicio de estas tareas.

Si bien, dada la dificultad de los cuerpos policiacos (con honrosas excepciones), de proveer  seguridad a los ciudadanos, la intervención del ejército se volvió necesaria. La falla de ello estriba en querer hacerlo con una estructura, la más de las veces, unilateral, sin tomar, de manera integral, políticas alternativas vinculadas con profesionales y ciudadanos participantes y vigilantes de todos los sectores afectados. Por tanto, es imperativo llevar a cabo diagnósticos endémicos que permitan la generación de mecanismos que integren, tanto a autoridades como a ciudadanos, vinculándolos con el diseño, desarrollo y puesta en marcha de instituciones, protocolos y labores de inteligencia, para el combate a la inseguridad y la delincuencia.

Las fuerzas armadas han sido concebidas, entrenadas y capacitadas para actuar en condiciones de guerra contra enemigos militares (Plan DNI), actuar en casos de sedición y rebelión en contra de la seguridad interior (Plan DNII) y llevar acciones en caso de desastres (Plan DNIII), no para llevar a cabo labores de seguridad pública y soportar el peso, la responsabilidad y las consecuencias legales e institucionales que ello representa.

No basta con proporcionar de un marco legal a las Fuerzas Armadas para llevar a cabo labores de seguridad. Lo que debió haberse creado era un marco legal que permitiera la desincorporación gradual de los cuerpos castrenses de estas funciones, posibilitando su regreso a los cuarteles, bajo una temporalidad bien establecida, que favoreciera, a la vez, el que las diferentes corporaciones policiacas llevaran a cabo un proceso de profesionalización, a través de tareas de capacitación y equipamiento, así como una reestructuración institucional de las mismas a través de la incorporación de personal profesional y competente, mejoras salariales, espíritu de cuerpo, así como la restauración de la confianza en las instituciones securitarias por parte del ciudadano, reduciendo con ello los índices de corrupción y contubernio con las organizaciones criminales.

Resulta imperativo regresar al modelo de Seguridad Pública al mando de personal civil, redefiniendo las labores, alcances, objetivos y funciones de las instituciones encargadas de la seguridad en nuestro país.

Sin duda un tema que tiene muchas aristas y que, sin duda, seguiremos revisando de cerca y minuciosamente.

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