A cinco días de las elecciones, aprueban registro a regidores de PRD en León
Lourdes Vázquez
Guanajuato.- En cumplimiento a una resolución del Tribunal Electoral del Estado de Guanajuato (TEEG), el Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) aprobó el registro de José Luis Fonseca Meléndez y María Guadalupe Nicasio Meza como candidatos a regidores 1 y 2, respectivamente, por el PRD. Esto, a solo 5 días de las elecciones.
Lo anterior, luego que ambas personas promovieron un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, en contra de una resolución dada por el Órgano de Justicia Intrapartidaria del PRD, pues no fueron incluidos en la planilla de dicho partido para contender por el Ayuntamiento de León.
Se señala en la resolución emitida por el TEEG que se revocó dicho acuerdo en virtud que la autoridad intrapartidaria hizo un deficiente análisis de los agravios señalados.
“Correspondía a la responsable el estudiar, investigar y pronunciarse en cuanto a si los promovientes acreditaban el carácter con el que se ostentaban como integrantes de la planilla autorizada por la Dirección Nacional Ejecutiva del PRD para contender por el ayuntamiento de León, la procedencia de la sustitución de candidaturas en su favor, así como la responsabilidad de quien omitió presentar la documentación relativa para solicitar el registro ante el Instituto Electoral del Estado de Guanajuato, circunstancias que fueron planteadas por la parte accionante en sus escritos de impugnación y que no fueron atendidas por el órgano intrapartidario”.
Por ello se determinó que no hubo una vulneración al derecho político electoral de José Luis Fonseca Meléndez y María Guadalupe Nicasio Meza, y ordenó su restitución.
Satisfacen los requisitos legales
Mauricio Guzmán Yáñez, presidente del IEEG, explicó que el martes se notificó al IEEG la sentencia emitida por el TEEG en la que se ordenó al PRD, presentar los documentos para la sustitución y el registro de José Luis Fonseca Melendez y María Guadalupe Nicasio Meza como regidor propietario 1 y regidora propietaria 2, respectivamente.
“En dicha sentencia se vincula a este consejo general para recibir la documentación y acordar lo conducente”.
Ese mismo día, se recibió en la Secretaría Ejecutiva del IEEG la documentación en la que solicitó la sustitución de las candidaturas correspondientes en cumplimiento de la resolución del TEEG; por lo que en el proyecto de acuerdo del instituto local electoral se señala que del análisis de la documentación, se desprende que las personas postuladas satisfacen los requisitos legales de elegibilidad.
ndr