Determina TEEG que diputados vulneraron a menores por compartir sus fotos en redes sociales
Lourdes Vázquez
Guanajuato.- Tras una queja presentada contra la diputada local de Morena, Magdalena Rosales Cruz que derivó en un procedimiento especial sancionador por el presunto uso indebido de recursos públicos para promoción personalizada en la entrega de apoyos sociales, el Tribunal Electoral del Estado de Guanajuato (TEEG) determinó que la legisladora incurrió en la vulneración del interior superior de la niñez, al publicar imágenes de menores de edad en sus redes sociales durante dicha entrega.
Por este motivo, en sesión del pleno del TEEG se resolvió dar vista a la Contraloría Interna del Poder Legislativo y a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato.
Este caso se asimila a la resolución emitida por la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en contra del diputado Ernesto Prieto Gallardo por la utilización de la imagen de una menor de edad, sin el consentimiento de sus padres durante un evento de entrega de apoyos sociales, lo que derivó en que también se le diera vista a la Contraloría del Legislativo y a la instancia de protección de niñas, niños y adolescentes, cuyos asuntos están en trámite.
El procedimiento especial sancionador con número TEEG-PES-21/2020 fue promovido por el PAN en contra Magdalena Rosales Cruz y contra Alma Paola Domínguez Virgen quien maneja la cuenta de Facebook de la legisladora local, por el uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada.
Según se informó, los hechos consistieron en la entrega de tanques de gas de uso doméstico, cubrebocas, despensas y chamarras, acompañando trípticos con la imagen de la diputada Rosales Cruz y la del presidente de México, Andrés Manuel López Obrador en la portada, así como los colores alusivos a Morena.
Las fotografías de dicha entrega fueron publicadas en Facebook y al encontrarse en estas publicaciones imágenes de menores de edad, en la denuncia se estimó que se estaría vulnerando el interés superior de la niñez.
Tras revisar el asunto, el pleno del TEEG consideró que no se determina que exista una falta consistente en el uso indebido de recursos públicos.
“Pues no se aportaron pruebas suficientes; tampoco de acreditó la promoción personalizada de la servidora pública denunciada al tratarse de publicaciones realizadas antes al inicio del actual proceso electoral; además, tal propaganda no contiene información que haga referencia al proceso comicial o llamamiento alguno para apoyo o rechazo de alguna opción política”.
No obstante, se advirtió que, si se difundieron fotografías que muestran el rostro de menores de edad y aunque Magdalena Rosales intentó justificar el hecho con documentos de autorización de personas adultas, “estos no colman las exigencias de los Lineamientos para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en Materia de Propaganda y Mensajes Electorales expedido por el INE, por lo que se hace necesario proteger sus derechos de imagen y otros como parte integrante de la niñez”.