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Juez ordena al CPC de Guanajuato participación activa: “son una autoridad”

El Comité de Participación Ciudadana ha expuesto reiteradamente que no son “autoridad” ni cuentan con facultades para realizar denuncias
Vida Pública

Editor Web

Juez ordena al CPC de Guanajuato participación activa: “son una autoridad”

El Comité de Participación Ciudadana ha expuesto reiteradamente que no son “autoridad” ni cuentan con facultades para realizar denuncias

Miguel Juárez
Guanajuato.- Pese a que no denunciar ha sido una constante en el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción, el Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Guanajuato determinó, bajo el número de expediente 464/2021, llamar “como una autoridad más” al CPC a fundar y motivar una posible violación a la constitución mexicana.

Particularmente, derivado de la negativa a entrar al tema y denunciar por parte del Comité Anticorrupción en Guanajuato, en el caso del homicidio de Christian González, guardia del bar Mosquito, la madrugada del 28 de mayo de 2017 a manos de Juan Omar Ramírez Villegas, sobrino nieto de Elías Villegas.

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El abogado y activista Roberto Saucedo Pimentel procedió con una demanda de amparo para solicitar a la Justicia de la Unión el amparo. Esto para obligar a la mayoría de los integrantes del órgano colegiado anticorrupción a “salir de su zona de confort” y asumir un rol más activo en el combate a la corrupción.

Foto: Lourdes Vázquez

Dicho caso para el activista se vio rodeado de privilegios e impunidad, ya que únicamente Juan Omar Ramírez Villegas recibió tres años de trabajo comunitario como sentencia.

Caso criticado en el que se dice la Fiscalía General del Estado de Guanajuato pudo ofrecer un trato privilegiado.

No somos autoridad”, se defiende comité

El tema central aquí es que la mayoría de los integrantes del Comité Anticorrupción en Guanajuato han expuesto reiteradamente que no son “autoridad” ni cuentan con facultades para realizar denuncias. Esto refiriéndose específicamente al artículo 23 de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción que marca sus facultades.

Sin embargo, por la naturaleza del ente en la promoción a la participación, denuncia y combate a la corrupción, para Saucedo Pimentel, es necesario asumir un rol más activo.

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“La denuncia es una herramienta indispensable para combatir este flagelo”, señaló.

Para el activista y abogado, la admisión del amparo tiene más relevancia de fondo del caso, por lo siguiente:

1. A pesar de la denominación sobre el Comité de Participación Ciudadana como “órgano ciudadano”, tiene carácter de autoridad. Por lo cual, en consecuencia, sus actos tienen una relación de supra a subordinación con los ciudadanos. Es decir, tienen que responder a los ciudadanos.

2. Al tener el carácter de autoridad, dicho cuerpo colegiado sí puede violar derechos humanos en perjuicio de los gobernados por su omisión o negligencia en casos de denuncia sobre hechos de corrupción.

Rechazaron reforma al Sistema Estatal Anticorrupción

Foto: Lourdes Vázquez

El pasado 23 de marzo, la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales desechó una iniciativa del PAN con la que se pretendía fortalecer el Sistema Estatal Anticorrupción.

También participaron diversos organismos autónomos en la mesa de análisis de la propuesta convocada por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales. De manera coincidente señalaron que, de aprobarse dicha propuesta, podría traer problemas de inconstitucionalidad.

La iniciativa presentada el 20 de agosto del 2020 por al ex diputada panista, Libia García, establecía incluir en el Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción a un representante de los órganos internos de control de los organismos autónomos.

No obstante, se señaló que, con ello, habría una duplicidad de funciones, en virtud de que ya están representados.