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TEEG resuelve impugnaciones del PAN en Guanajuato contra PVEM y Morena, ¿cuál fue la resolución?

El Tribunal Electoral del Estado de Guanajuato emite sentencia sobre recursos de revisión del PAN, resolviendo impugnaciones de candidaturas en varias alcaldías
Guanajuato

Josué Castillo

TEEG resuelve impugnaciones del PAN en Guanajuato contra PVEM y Morena, ¿cuál fue la resolución? TEEG resuelve impugnaciones del PAN en Guanajuato contra PVEM y Morena, ¿cuál fue la resolución?

La sentencia del Tribunal Electoral de Guanajuato confirma la validez de las candidaturas impugnadas, asegurando así la participación de los candidatos en las próximas elecciones. Foto: Especiales

Guanajuato, Guanajuato.- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Guanajuato dictó sentencia a los recursos de revisión TEEG-REV-0010/2024, TEEG-REV-0008/2024 y TEEG-REV-0014/2024, todos iniciados por Raúl Luna Gallegos, representante del Partido Acción Nacional (PAN) ante el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), que pretendía impugnar la candidatura del Partido Verde Ecologista (PVEM) para la alcaldía de León así como las de Morena para las alcaldías de Apaseo el Grande, Atarjea, Celaya, Comonfort, Coroneo, Cortázar, Cuerámaro, Dolores Hidalgo, Guanajuato,Irapuato, León, Moroleón, Salamanca, Salvatierra, Santa Catarina, Santiago Maravatío, Tarimoro, Tierra Blanca, Valle de Santiago y Victoria.



En el caso de la candidatura del PVEM en León, el PAN indicó que los domicilios de la credencial para votar y del certificado de residencia del aspirante a la alcaldía de León, Gerardo Fernández, no coincidía, sin embargo esta situación ya está contemplada en el Reglamento de Elecciones del INE, que indica que simplemente debe prevalecer el domicilio asentado en la constancia de residencia. Además se señaló que es criterio del Tribunal que la constancia de residencia tiene valor probatorio pleno salvo prueba en contrario y el promovente no agregó ningún elemento probatorio que haga dudar de la veracidad del documento.



Respecto del resto de candidaturas que Acción Nacional intentó impugar, la sentencia señala que el representante del PAN ante el Consejo General del IEEG argumentó que faltaba documentación para acreditarlas, sin embargo el Tribunal Electoral concluyó que estos agravios son inoperantes pues de la revisión de las pruebas confirma que al momento de la solicitud de registro las personas aspirantes a estas candidaturas contaban con la documentación que les acreditaban como migrantes, indígenas o personas con discapacidad respectivamente.

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