El comité municipal de salud no puede imponer prohibiciones sobre el tema de la pandemia: Rolando Flores
Manuel Arriaga
Pénjamo.- Para el licenciado Rolando Flores Ayala, el comité municipal de salud no tiene la facultad jurídica para imponer prohibiciones sobre el tema de la pandemia, pues afirmó, que esto es responsabilidad del Ayuntamiento. Afirmó que se tienen que actualizar leyes y reglamentos, enfocados a la nueva normalidad que vivimos a raíz de la pandemia ocasionada por el Covid-19. Indicó que los policías que lleguen a hacer valer la suspensión de derechos, como el de libre asociación, estarían violentando los derechos humanos.
Rolando Flores Ayala, licenciado en derecho, con una maestría en ciencias políticas y quién además tiene un doctorado en administración y políticas públicas, contextualizó al señalar que el derecho a la salud, es un derecho consagrado en el artículo cuarto constitucional “pero también, debemos de saber que este derecho se puede contraponer y colisionar con el derecho a vivir de manera licita a través del comercio”, haciendo alusión a los problemas que se viven en la localidad, entre los comerciantes de temporada y las autoridades municipales.
“El artículo 73 constitucional fracción 16, faculta a la secretaría de salud federal para que sea la máxima autoridad para manejar el tema en todo el país, entonces llega un gran problema, que es lo que estamos viviendo acá, la secretaría de salud, a través de normativas, dice cómo va a regularse en ámbito federal, pero este federalismo centralizado que tenemos, federales no alcanzan a llegar a los municipios, entonces, en los municipios, al ser las autoridades más próximas, tienen que empezar a realizar acciones que tienen lineamientos en concordancia con lo que establece la Secretaría de Salud, así es como existen los Consejos Municipales de Salud.
Sin embargo, aseguró que el concejo municipal de salud No tiene la autoridad jurídica para imponer sanciones y prohibiciones en el tema de la pandemia, pues afirmó que los acuerdos del COMUSA, tienen que ser discutidas y avaladas por el Ayuntamiento, para que puedan aplicarse.
“La máxima autoridad en los municipios es el Ayuntamiento, es el órgano deliberante para que tengan rango de legalidad, los acuerdos de las comisiones tienen que aprobarse en una sesión de cabildo, con todas las formalidades que deben existir, para que haya una normatividad municipal, ahí, entonces, el COMUSA, no es una autoridad reconocida, no tiene las facultades de la secretaría de salud para que tome decisiones en el ámbito municipal”, explicó el entrevistado.
“Toda esta falta de conocimiento, la hemos visto también en las autoridades encargadas de ejecutar estás resoluciones del COMUSA, por ejemplo, dicen, no vamos a permitir fiestas de más de 300 personas, pero quién va a realizar el acto de autoridad que hará la suspensión del derecho de libre asociación?, va a llegar la policía? Entonces estarían violentando los derechos humanos, porque no hay ninguna normatividad dentro del bando policial, que les autorice, porque el poder coercitivo del Estado, se ejerce a través de las fuerzas públicas”, afirmó
AC