Miércoles, 04 Diciembre, 2024

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Por segunda ocasión, aplazan audiencia contra del alcalde de Silao, Carlos García, por hostigamiento sexual

La audiencia inicial por hostigamiento sexual contra el alcalde de Silao, Carlos García Villaseñor, se reprogramó, podría ser archivado si otorgan el perdón
Municipios

Karla Silva

Por segunda ocasión, aplazan audiencia contra del alcalde de Silao, Carlos García, por hostigamiento sexual Por segunda ocasión, aplazan audiencia contra del alcalde de Silao, Carlos García, por hostigamiento sexual

La audiencia inicial que se tenía programada para este miércoles en el Juzgado Penal de Silao, motivada por la denuncia penal contra el alcalde Carlos García Villaseñor por presuntos actos de hostigamiento sexual. Foto: Karla Silva

Silao, Guanajuato.- La audiencia inicial que se tenía prevista para este miércoles, motivo de la denuncia penal en contra del alcalde Carlos García Villaseñor por presuntos actos de hostigamiento sexual, se reprogramó para la próxima semana, fecha en la que podría dictarse el sobreseimiento y con lo que el asunto quedaría archivado.

Junto a su defensa y asesores victimales, minutos después de las 12:00 horas llegaron al Juzgado Penal de Silao Carlos García y Julieta, respectivamente, quien hasta octubre de 2022 se desempeñó como su secretaria ejecutiva y quien, meses después y luego de ser dada de baja de la administración, lo denunció por presuntamente haber cometido en su contra este delito.



A las 12:20 ingresaron a la sala de oralidad penal y, al poco tiempo, el juez de control decretó -a petición de las partes- que la audiencia tomara el carácter privada debido a la naturaleza de los hechos denunciados, solicitud que fue concedida por el juzgador.

Sin embargo, la audiencia no se llevó a cabo y, por el contrario, se reprogramó para la mañana del próximo jueves 29 de agosto, en la que se tiene previsto que la ofendida le otorgue el perdón una vez que el daño le sea reparado, cantidad que tendría que ser cuantificada por el Ministerio Público.

Según el Código Penal para el Estado de Guanajuato, al tratarse de un delito no grave y que se persigue por querella, se puede conceder el sobreseimiento, lo que implicaría la extinción de la acción penal.

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