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SCJN: inconstitucional fijar la vida en la concepción; el PAN reacciona con exhorto

A dos días de la inconstitucionalidad de criminalizar a las mujeres, las nuevas determinaciones ‘ponen en jaque’ a 20 estados que lo incluían en sus constituciones
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SCJN: inconstitucional fijar la vida en la concepción; el PAN reacciona con exhorto SCJN: inconstitucional fijar la vida en la concepción; el PAN reacciona con exhorto

Staff Correo

Con información de Lourdes Vázquez y EFE

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró este jueves inconstitucional que las legislaciones locales reconozcan “la vida humana desde la concepción”, reformas que surgieron para propiciar un ambiente de criminalización del aborto.

Este nuevo fallo, impacta directamente en las constituciones de los estados que contengan este término para otorgar los derechos ciudadanos, como es el caso de Guanajuato, donde la bancada del PAN en el Congreso del Estado presentó una iniciativa de exhorto dirigido a los ministros de la SCJN.

“Para los efectos de esta Constitución y de las leyes que de ella emanen, persona es todo ser humano desde su concepción hasta su muerte natural. El Estado le garantizará el pleno goce y ejercicio de todos sus derechos…”

Extracto de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato

Foto: Especial

Ver nota: Por unanimidad, SCJN declara inconstitucional la penalización del aborto en México

Fue esta tarde cuando los 11 ministros del pleno de la SCJN invalidaron por unanimidad la fracción I del Artículo 4 Bis A de la Constitución de Sinaloa que establecía que “el Estado tutela el derecho a la vida desde el momento en que un individuo es concebido“.

“Debe ser claro que esto trastoca el orden constitucional y los valores de un Estado laico, plural y democrático, e impone a las mujeres y personas gestantes una carga desproporcionada”, manifestó el Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, autor del proyecto de la sentencia.

A su vez, los ministros Alberto Pérez Dayán y Yasmín Esquivel coincidieron en que los congresos de los estados de la República no tienen competencia para legislar en materia de derechos humanos consagrados en la Constitución por lo cual la cláusula de protección a la vida desde la concepción en Sinaloa debía declararse inválida.

“Le está vedado a los congresos estatales establecer una diferente concepción de ese derecho como pro ejemplo a partir de cuándo se protege la vida”, expuso la ministra Yasmín Esquivel.

Las leyes que criminalizan el aborto de manera absoluta son inconstitucionales. A partir de ahora todas y todos los jueces deberán aplicar este criterio de la Corte que protege el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir.

El fallo ocurre dos días después del histórico fallo de la SCJN, que el martes declaró inconstitucional la penalización del aborto, un precedente histórico que impide encarcelar a las mujeres y personal médico que les ayuden con consentimiento.

Más detalles: En México se han procesado más de 4 mil denuncias por aborto desde 2015

En esta ocasión, la Suprema Corte abordó la impugnación que hicieron la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y diputados de la minoría a una reforma de la constitución de Sinaloa en 2018 para que el Estado defienda la vida desde la “concepción”.

El debate es relevante porque cerca de 20 estados han reformado su constitución para reconocer “la vida humana desde la concepción”, modificaciones que no prohíben el aborto, pero crean un ambiente de persecución e incertidumbre, según asociaciones civiles y como reconocieron los ministros.

Aunque el fallo de la Suprema Corte sólo invalida la fracción de la constitución de Sinaloa, la decisión tendrá implicaciones futuras para otros estados con reformas que también están impugnadas.

La Suprema Corte ya había abordado otras constituciones locales en este sentido, pero esta es la primera vez que se alcanzan ocho o más votos necesarios para crear jurisprudencia, un precedente que afectará los próximos fallos.

El aborto, cuya criminalización es competencia local, sólo está despenalizado en cuatro de los 32 estados del país: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz. A esta lista se añadirá Coahuila tras el fallo del martes de la Suprema Corte, que invalidó el artículo 196 de su Código Penal.

Reaccionan diputados en Guanajuato

Apenas unos minutos después, los diputados locales del Partido Acción Nacional (PAN) presentaron una propuesta de exhorto para que dichas sentencias “sean emitidas conforme a derecho, considerando el derecho a la vida (sic) como superlativo y de familia en un tema de trascendencia social”.

Fue la legisladora panista Cristina Márquez Alcalá quien presentó dicho punto de acuerdo dirigido a los ministros Luisa María Aguilar Morales y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, respecto a las resoluciones de las acciones de inconstitucionalidad 148/2017 de Coahuila y 106 y 107 del año 2018 de Sinaloa.

Cristina Márquez Alcalá, diputada del PAN. Foto: Archivo

Según consideró, dichas sentencias “sientan un precedente inaceptable que pone en grave riesgo la democracia y el Estado de Derecho en nuestro país”, lo cual —dijo— “resulta preocupante para los diputados del PAN.

“Como legisladores, vemos con gran preocupación los proyectos de sentencia, las sentencias emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuya aprobación representa una trasgresión al sistema del margen de interpretación de los derechos humanos y al sistema de Gobierno republicano, más aún cuando en nuestra propia Constitución estatal hemos decidido reconocer el derecho a la vida desde la concepción”.

Cristina Márquez consideró que en las acciones de inconstitucionalidad, los ministros de la SCJN “sobrepasaron su mandato”, toda vez que “dan prioridad a las observaciones realizadas por los comités o mecanismos de seguimiento de los Tratados Internacionales, por sobre la letra del propio tratado”.

Acotó que estos mecanismos “no pueden ni deben interpretar los tratados”, sino que están facultados “únicamente para hacer observaciones sobre el cumplimiento de las obligaciones adquiridas y, en consecuencia, pueden hacer recomendaciones para el buen cumplimiento de dicho tratado”.

Ejemplificó que el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, —órgano supervisor de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW)— señala como obligación de los Estados, el eliminar los obstáculos que impidan abortar a las mujeres, “aunque la Convención proteger la vida del concebido aun no nacido y la maternidad”, señaló.

Márquez Alcalá aseveró que con las recientes resoluciones “se está atacando directamente la democracia representativa” y además “se estaría dejando a los gobernados en un estado de incertidumbre e indefensión, puesto que sus representantes quedan limitados en sus facultades”.

La propuesta de exhorto también contempla un llamado al Poder Judicial de la Federación a fin que en la relación con el Congreso de la Unión y los Congresos Estatales se conduzcan bajo el principio de respeto a la soberanía republicana y atribuciones de ambos poderes, así como al principio de división de poderes.

La iniciativa de punto de acuerdo fue turnado a la comisión de Justicia, presidida por la misma Cristina Márquez en donde será estudiada.

En tanto, la diputada de Morena, Magdalena Rosales Cruz, afirmó que pese a que la SCJN se ha pronunciado porque la penalización absoluta de la interrupción del embarazo es insostenible jurídicamente, en Guanajuato “aún queda un largo camino por recorrer”.

Magdalena Rosales Cruz, diputada de Morena. Foto: Archivo

Dijo que ante dicha sentencia, no podrá someterse a juicio a mujer alguna en el estado de Guanajuato a través del tipo penal “que criminaliza de forma absoluta la decisión libre de las mujeres de interrumpir su embarazo”.

Recordó que su Grupo Parlamentario impulsó en la presente Legislatura la despenalización del aborto bajo las premisas que sostiene la Corte, es decir, que era inconstitucional que en el Código Penal se definiera un tipo penal que no contemplara la posibilidad de interrumpir el embarazo en un tiempo cercano a la implantación, esto es, en las primeras 12 semanas.

“Dicha iniciativa quedó archivada, pues prevaleció para su resolución, una visión sustentada no en el Derecho sino en convicciones personales, en fobias e ideologías partidistas, afortunadamente hoy la Suprema Corte deja un precedente claro, firme y obligatoria para todas las autoridades jurisdiccionales del país, por eso hoy podemos decir que teníamos la razón cuando defendimos nuestra iniciativa”.

La legisladora morenista citó lo expresado por la SCJN: “todos estamos a favor de la vida, lo único que sucede es que algunos estamos a favor que la vida de las mujeres sea una vida donde se respete su dignidad, en la que puedan ejercer con plenitud sus derechos, en la que estén exentas de violencia y puedan autodeterminar su destino”. 

Reafirmó que “los derechos reproductivos y sexuales entre hombres y mujeres deben ser iguales” y sostuvo que “las mujeres tienen limitaciones extremas cuando los hombres tienen libertades absolutas de embarazar a todas las mujeres que quieran o puedan”.

Finalmente, aprovechó para enviar una felicitación a todas las mujeres guanajuatenses “porque no podrán ser penalizadas por interrumpir su embarazo”.

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