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Desde mayo recomendó PAOT atender caso de relleno en Valle de Santiago

Padilla explicó que se recomendó que debería de contar con un manual de operación, con un control de registro y un informe mensual de actividades
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Desde mayo recomendó PAOT atender caso de relleno en Valle de Santiago Desde mayo recomendó PAOT atender caso de relleno en Valle de Santiago

Luis Telles

Valle de Santiago.- Desde el mes de mayo de 2019 y abril de 2020, fechas en que se incendió el relleno sanitario, la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial (PAOT), había recomendado a las autoridades municipales, atender la cobertura y la compactación de forma continua de los residuos sólidos urbanos para evitar incendios.

Ante un tercer incendio en el relleno sanitario, en este mes, la titular de la dependencia estatal, Karina Padilla Ávila, dijo que en esta ocasión la unidad de Protección Civil no notificó del incidente, pero ya acudió un inspector a revisar, hacer un recorrido y elaborar un reporte.

“Recibimos la denuncia de la quema desde el año pasado, todavía en el mes de abril de este año, y nuevamente se vuelve a presentar este suceso. Nosotros tenemos la obligación de revisar el cumplimento de la Nom083-SEMARNAT y en ese sentido emitimos una recomendación que incluso se notificó el 30 de julio del año pasado (2019)”.

Padilla explicó que se observó y recomendó que “deberían de contar con un manual de operación, con un control de registro y un informe mensual de actividades. Todo esto, también llevando a cabo el monitoreo de biogás”.

Agregó que también hicieron un oficio en donde solicitaron al Municipio que diera cuenta de las acciones que habían realizado y la contestación se obtuvo el primero de diciembre de 2020. “Hoy, con el nuevo incendio, se fue a hacer una visita y estamos pendiente del resultado de la misma”.

Irregularidades

En fecha 14 mayo del 2019, la PAOT ejecutó la visita de inspección al relleno sanitario, observándose como irregularidad: que dicho lugar opera en omisión de las obligaciones que disponen en los numera – les 7.2, 7.5, 7.7,7.10,7.11 y 7.11.1 del apartado 7 de la NOM-083- SEMARNAT-2003.

En fecha 03 de julio del 2019, se emitió recomendación, notificada en fecha 30 de julio del 2019 imponiéndose como medida de urgente aplicación, la siguiente: se dé cumplimiento a las obligaciones.

ndr

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