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¿Te pueden quitar el agua por no pagar? Caso de adulto mayor en Celaya genera polémica

Un adulto mayor en Celaya es privado del suministro de agua por no pagar, desencadenando controversia sobre el acceso al agua como un derecho humano
Celaya

Daniel Moreno

¿Te pueden quitar el agua por no pagar? Caso de adulto mayor en Celaya genera polémica ¿Te pueden quitar el agua por no pagar? Caso de adulto mayor en Celaya genera polémica

Tras una investigación, la Procuraduría de Derechos Humanos de Guanajuato determinó que la privación del agua violaba el derecho humano al agua del quejoso. Foto: Especiales

Celaya, Guanajuato.- Por no pagar su recibo de agua un adulto mayor vecino de Celaya fue privado del vital líquido por personal de JUMAPA la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado, pero no debieron hacerlo porque así violaron un derecho básico. El pasado 12 de febrero la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato emitió una recomendación para solicitar a JUMAPA le restituya el servicio a esta persona pague o no su recibo como parte de un derecho humano fundamental.

No está claro en qué fecha ocurrió el corte, tampoco se menciona el nombre del quejoso, pero se indica que esta violación al derecho de acceso al agua se registró mientras era director de JUMAPA, Mauricio Michaca Tapia funcionario que estuvo en periodo del anterior gobierno de la alcaldesa Elvira Paniagua Rodríguez terminado en el 2021.

 
Se plantea la controversia sobre si es ético y legal privar del suministro de agua a un ciudadano, especialmente a un adulto mayor con dificultades económicas. Foto: Daniel Moreno

Según lo establecido en la recomendación el usuario señaló que se le suspendió el suministro de agua debido a un adeudo argumentando ser una persona adulto mayor con dificultades económicas y tras el corte no tenía agua para las necesidades más básica, entonces al llamar al entonces director general este reconoció que se había suspendido el suministro de esta persona por no hacer los pagos a los cuales se había comprometido y por consecuencia se realizó la suspensión conforme a derecho.

No obstante, en el Código Territorial para el Estado y los Municipios de Guanajuato se indica que “tratándose de uso doméstico solo se otorgará la dotación de agua suficiente para las necesidades básicas” Y esto según la Suprema Corte de Justicia de la Nación significa dotar al ciudadano de al menos 50 litros diarios por persona sin y costo alguno para cumplir las necesidades básicas.

 
Suministro de agua en Celaya a través de la red JUMAPA. Foto: Daniel Moreno

De esta manera Derechos Humanos de Guanajuato resolvió que Mauricio Michaca Tapia omitió salvaguardar el derecho humano al agua del quejoso solicitando la reparación integral del daño que implica al menos dar la mínima cantidad de agua recomendad y lo mismo realizar una investigación al interior de JUMAPA para deslindar responsabilidades administrativas. Una vez publicada la recomendación de Derechos Humanos el organismo tuvo cinco días hábiles para notificar si aceptaba o no esta recomendación sin embargo el caso queda como antecedente para el resto de los ciudadanos.

 
JUMAPA. Foto: Daniel Moreno

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