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Juez niega petición de libertad a policías vinculados por desaparición forzada en Romita

Los policías vinculados por desaparición forzada en Romita intentaron evadir la prisión preventiva aludiendo a la Corte Interamericana de los Derechos Humanos  

Irapuato

Nayeli García

Juez niega petición de libertad a policías vinculados por desaparición forzada en Romita Juez niega petición de libertad a policías vinculados por desaparición forzada en Romita

La defensa de los policías pidió tomar en cuenta el pronunciamiento de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos. Foto: Eduardo Ortega

Irapuato, Guanajuato.- Los cuatro policías de Romita vinculados a proceso por la desaparición forzada de Daniela, Carlos Esteban y Juan Pablo, intentaron evadir la prisión preventiva oficiosa y salir en libertad bajo el argumento de que la Corte Interamericana de los Derechos Humanos se ha pronunciado en contra de esta medida cautelar; la juez de control negó la petición de la defensa.

Señalaron que en México ya existen dos sentencias en donde responsabiliza a México por la violación de los derechos a la integridad personal, libertad personal, a las garantías judiciales, a la igualdad ante la ley por aplicar la prisión preventiva oficiosa.

Este miércoles, en punto de las 12:30 horas se llevó a cabo una audiencia para la revisión de medidas cautelares, en donde la defensa argumentó que en México ya existen dos sentencias en donde se hace evidente que la prisión preventiva es violatoria a los derechos humanos como lo expone la Corte Interamericana, las cuales fueron emitidas el 7 de noviembre del 2022 y el 27 de enero del 2023.

 
Este miércoles, en punto de las 12:30 horas se llevó a cabo una audiencia de los policías. Foto: Eduardo Ortega 

Presentaron que México ya firmó un acta de entendimiento sobre el pronunciamiento de la Corte Interamericana en el mismo tema en donde se establece como excesiva la prisión preventiva en automático de los imputados de algún delito, pues se viola su derecho a la presunción de inocencia y enfrentan un proceso en desigualdad de oportunidades al considerarlos culpables desde el inicio del proceso.

Los abogados de la defensa, con este argumento, señalaron que las condiciones del proceso habían cambiado y con base en el artículo 161 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) se tendría que retirar esa medida cautelar para los ex policías municipales. Propusieron cambiarlas por la presentación periódico a la unidad de medidas cautelares cada mes, el prohibir que salgan incluso de la localidad en la que viven, y no tener acercamiento ni comunicación con ciertas personas.

FGE alude a Suprema Corte de Justicia de la Nación

Por su parte, la Fiscalía General del Estado argumento que no existe aún un pronunciamiento formal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la presión preventiva y los señalamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos por lo que el constituyente, es decir las leyes mexicanas deben de aplicarse por encima de todo.

Explicó que, de ser aceptado tal argumento por parte del juez, la Fiscalía General del Estado y las víctimas quedan en total indefensión, pues se requeriría solicitar un nuevo plazo para la recolección de evidencia que permita llevar a cabo un análisis de riesgo y argumentar por qué es importante que los imputados se queden en prisión, plazo que ya no se tiene pues ya se cumplieron los seis meses para el cierre de la investigación como lo marca el CNPP.

 
Daniela, Carlos Esteban y Juan Pablo, víctimas de desaparición forzada. Foto: Especial

Además, dijo que las cuatro personas fueron detenidas mediante una orden de aprehensión en donde se estableció el por qué tenían que ser detenidas y presentadas ante un juez, por lo que la fiscalía no tendría por qué hacer una nueva justificación, ya que el propio artículo 19 de la Constitución ya habla de la prisión preventiva oficiosa en el delito de desaparición forzada que tiene como objetivo garantizar la protección de las víctimas directas e indirectas.

La juez negó la petición de la defensa, pero dijo no estar ajena ni despreciar el contenido de las dos sentencias a favor de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, no despreciar que son vinculantes al Estado Mexicano, no despreciar que los derechos de los inculpados, pero se declaró sin la facultad para revocar la medida cautelar emitida por su homólogo, pues no hubo nada nuevo que se haya presentado en la audiencia.

Señaló que no existe una variación objetiva de las condiciones que establece el artículo 161 del CNPP para poder modificar las medidas cautelares, pues las dos sentencias que presentaron como ‘datos novedosos’ en realidad no lo son, pues ya existían previo al 6 de marzo cuando fue impuesta la prisión preventiva como medida cautelar a los cuatro ex policías de Romita, por lo que no aplica la solicitud de la defensa.

 
Alarma caso de desaparición forzada en Romita. Foto: Correo

El caso de desaparición forzada en Romita

Los ex policías municipales de Romita Roberto ‘N’, Roberto Carlos ‘N’, César ‘N’ y Casimiro ‘N’ enfrentan cargos por desaparición forzadas luego el 18 de febrero pasado cuando Daniela viajaba con su esposo Pablo y Carlos Esteban sufrieron un accidente y sin justificación alguna Juan Pablo fue detenido y llevado a barandilla y al solicitar información sobre él, Daniela y Carlos Esteban también fueron detenidos.

Horas más tarde y sin haber registrado las detenciones en la plataforma, fueron entregados por lo menos cuatro hombres que viajaban en una camioneta, encontrados sin vida en una fosa clandestina en la zona El Escoplo, en el Rancho El Refugio el 23 de febrero.

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