¿Quieres ampliar el horario de tu establecimiento comercial o de servicio en León? Aquí te contamos cómo


León, Guanajuato.- Según el Reglamento para el funcionamiento de tu establecimiento comercial o de servicio en el municipio de León, Guanajuato., con el fin de la permanencia del orden público es necesario tener regulaciones de los horarios de los establecimientos comerciales y de servicios.
Conoce más acerca de los horarios, reglamentaciones y cómo hacer el trámite para ampliar el horario de tu establecimiento comercial o de servicio.
¿Cuáles son los horarios que pueden tener tu establecimiento comercial o de servicio?
Los Establecimientos Comerciales y de Servicios podrán funcionar dentro de los siguientes horarios:
I. De las 06:00 a las 23:00 horas, todos los días: a. Supermercados y centros comerciales, y b. Tiendas de abarrotes, tendajones y misceláneas.
II. De las 16:00 a las 22:00 horas de lunes a viernes y de las 9:00 a las 22:00 horas, sábados y domingos: futbolitos, máquinas de juegos de video y similares
III. De las 10:00 a las 03:00 horas del día siguiente, todos los días: los salones para fiestas. Tratándose de salones destinados a eventos de índole infantil este horario será de las 10:00 a las 22:00 horas, todos los días
IV. De las 8:00 a las 21:00 horas de lunes a viernes y de las 8:00 a las 15:00 horas, los sábados: talleres mecánicos, de hojalatería y pintura, herrerías, talleres de maquila y talleres de reparaciones en general
V. De las 08:00 a las 00:30 horas del día siguiente, todos los días, las canchas de fútbol, frontones, juego de boliche, billares.
VI. De las 9:00 a las 23:00 horas todos los días, juegos mecánicos.
En el caso de bebidas alcohólicas:
Las cantinas y bares, de las 08:00 a las 23:59 horas de lunes a sábado y los domingos de las 08:00 a las 22:00 horas
II. Los centros nocturnos y discotecas de las 21:00 a las 03:00 horas del día siguiente, todos los días
III. Los salones de fiestas con venta de bebidas alcohólicas de las 14:00 a las 03:00 horas del día siguiente, todos los días
IV. Los restaurantes-bar y centros de apuestas de las 10:00 a las 03:00 horas del día siguiente, todos los días, únicamente por lo que respecta a la venta de bebidas alcohólicas
V. Las vinícolas, tiendas de autoservicio, abarrotes, tendajones y similares de las 9:00 a las 22:00 horas, todos los días
VI. Los almacenes, distribuidoras, depósitos y lugares con venta de bebidas de bajo contenido alcohólico de las 9:00 a las 22:00 horas, todos los días
VII. Lugares con venta de bebidas de bajo contenido alcohólico en envase abierto de las 10:00 a las 22:00 horas, todos los días
VIII. Lugares con venta de bebidas de bajo contenido alcohólico en envase abierto con alimentos de las 10:00 a las 23:59 horas, todos los días

¿Cuáles son los requisitos para ampliar el horario de los establecimientos comerciales y de servicios?
En caso de vender bebidas alcohólicas:
a. Licencia en materia de bebidas alcohólicas (por ambos lados)
b. Refrendo vigente de la Licencia y/o Constancia de No adeudo.
c. Identificación oficial del titular (INE, Cédula Profesional, Pasaporte, Licencia de Conducir).
En caso de ser Persona Moral deberá adjuntar
· Acta constitutiva debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
· Poder notarial del representante legal.
· Identificación oficial que acredite la representación legal.
En caso de solicitud sea autorizada, el pago de derechos lo podrá realizar a través de los diversos medios electrónicos de pago que mostrara la plataforma.
Ventanilla Presencial (horario de oficina)
1. Realizar solicitud por escrito dirigida a la Dirección General de Fiscalización y Control, señalando domicilio del establecimiento, nombre comercial, giro y periodo que pretende solicitar.
2. Licencia en materia de bebidas alcohólicas por ambos lados (copia).
3. Refrendo vigente de la Licencia y/o Constancia de No adeudo (copia).
4. Identificación oficial del Titular (INE por ambos lados, Cédula Profesional, Pasaporte, Licencia de Conducir) copia.
En caso de ser Persona Moral:
- Acta constitutiva debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
- Poder notarial del representante legal.
- Identificación oficial (por ambos lados) que acredite la representación legal.
5. En caso de solicitud sea autorizada, el pago de derechos será a través de las Cajas de la Dirección de Tesorería Municipal.
Modalidad # 2 (CON MÁQUINAS DE VIDEOJUEGO Y FUTBOLITOS)
Ventanilla Presencial (horario de oficina)
- Realizar solicitud por escrito dirigida a la Dirección General de Fiscalización y Control, señalando el domicilio, cantidad de maquinitas y/o futbolitos y el mes a solicitar, (nota: solo se autoriza el mes en curso para su ampliación de horario).
- Licencia de funcionamiento y/o Permiso para la operación y funcionamiento de máquinas de videojuegos y/o futbolitos y/o billares y/o sinfonolas.
- Copia de Identificación Oficial vigente con fotografía del responsable de permiso. (INE, Cédula Profesional, Pasaporte, Licencia de Conducir).
En caso de ser Persona Moral:
· Acta constitutiva debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
· Poder notarial del representante legal.
· Identificación oficial (por ambos lados) que acredite la representación legal.
El pago de derechos será a través de las Cajas de la Dirección de Tesorería Municipal.

¿Cuál es el costo del trámite?
MODALIDAD # 1 (CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS)
Ventanilla Virtual de Gobierno Cercano 24/7
- Trámite: $ 1,480.00 pesos
- Ventanilla Presencial (horario de oficina)
- Trámite: $ 1,480.00 pesos
- Costo de forma: $ 5.00 pesos
MODALIDAD # 2 (CON MÁQUINAS DE VIDEOJUEGO Y FUTBOLITOS)
Ventanilla Virtual de Gobierno Cercano 24/7
Trámite: $ 68.00 por máquina mensual
Ventanilla Presencial (horario de oficina)
Trámite: $ 68.00 por máquina mensual
Costo de forma: $5.00

¿Qué debo hacer para ampliar el horario de los establecimientos comerciales y de servicios en línea?
Realizar la solicitud por internet ingresando al portal y añadir los requerimientos.
¿Qué debo hacer para ampliar el horario de los establecimientos comerciales y de servicios presencial?
- Seguir las instrucciones de la Ventanilla. Ventanilla Presencial (horario de oficina)
- Realizar la solicitud por escrito dirigida a la Dirección General de Fiscalización y Control. La Dirección General de Fiscalización y Control, lleva a cabo el análisis y dictamen de su solicitud, para su autorización y/o negación en los términos o condiciones que en su momento se mencionen, notificándole a través de la plataforma web o vía presencial según el medio donde fue solicitado.
- Presentar solicitud a través del sitio electrónico dispuesto por la Dirección General o Por escrito en las Instalaciones de la Dirección General de Fiscalización y Control, del Permiso para ampliación de horario de funcionamiento en establecimientos Comerciales y de Servicios, anexando a la misma la documentación requerida en según el tipo de modalidad solicitada.
- Personal de la Dirección General realizara la revisión de los documentos adjuntos a la solicitud, para verificar que sean los documentos requeridos para su validación.
- En caso positivo de la solicitud se genera la orden de pago del permiso solicitado, en caso de negativa se le informara al solicitante por el medio que fue realizada la solicitud.
- El solicitante realiza el pago correspondiente del permiso solicitado, para poder emitir el permiso para ampliación de horario de funcionamiento en establecimientos comerciales y de servicios según la modalidad solicitada.
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