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¿Cuál es la fecha límite para hacer tu declaración anual si eres persona física o moral?

El SAT establece los plazos para la declaración anual de impuestos: marzo para personas morales y abril para personas físicas, con novedades en los formularios
Nacional

Leia Olivares

¿Cuál es la fecha límite para hacer tu declaración anual si eres persona física o moral? ¿Cuál es la fecha límite para hacer tu declaración anual si eres persona física o moral?

El SAT establece los plazos para la declaración anual de impuestos: marzo para personas morales y abril para personas físicas, con novedades en los formularios (Foto: Twitter)

Ciudad de México, México.- Con la llegada de los meses de marzo y abril, muchas empresas y contribuyentes personales comienzan a prepararse para cumplir con la obligación fiscal anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

 

El SAT establece los plazos para la declaración anual de impuestos: marzo para personas morales y abril para personas físicas, con novedades en los formularios (Foto: Twitter)

Durante estos meses, se establece el límite para presentar la Declaración Anual de impuestos. Si eres persona moral, deberás hacerlo en marzo, mientras que las personas físicas tienen hasta abril para cumplir con esta obligación.

¿Cuál es la fecha límite para tu declaración anual?

De acuerdo con la información proporcionada por el SAT, las empresas tienen hasta el 31 de marzo para presentar su declaración anual, mientras que las personas físicas pueden realizarlo entre el 1 de abril y el 30 de abril.

Este proceso incluye la precarga de información, lo que facilita el trabajo a los contribuyentes al incluir datos como ingresos, pagos provisionales y retenciones.

 

El SAT establece los plazos para la declaración anual de impuestos: marzo para personas morales y abril para personas físicas, con novedades en los formularios (Foto: Twitter)

Para las personas morales, el formulario de la declaración anual incluye diversos campos con información ya precargada. Algunos de los rubros más importantes que serán precargados en el sistema incluyen:

  • Ingresos: Como pagos provisionales efectivamente realizados, devoluciones, descuentos y bonificaciones.
  • Nómina: Incluye salarios, asimilados y PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades) pagada.
  • Pérdidas fiscales: Información relacionada con pérdidas de años anteriores.
  • Pagos al extranjero: Información sobre pagos realizados fuera del país.

Este año, también se incorporaron algunas modificaciones a los formularios, como la inclusión de nuevos campos dentro del apartado de "Gastos".

Por ejemplo, en el Régimen General, se añadió un campo denominado "Devoluciones, descuentos y bonificaciones", que permite precargar los CFDI relacionados con estos movimientos. Además, se actualizó el campo de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades, con la adición de "PTU no deducible", y se renovaron las secciones de Remanentes de pérdidas fiscales.

Otro punto importante es que, en el caso de las personas morales inscritas en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) que se encuentren en proceso de liquidación, se añadió el campo "Nómina deducible de periodos anteriores", lo que simplifica el proceso de liquidación fiscal.

Errores comunes al presentar la declaración

 

El SAT establece los plazos para la declaración anual de impuestos: marzo para personas morales y abril para personas físicas, con novedades en los formularios (Foto: Twitter)

El SAT ha alertado que muchos contribuyentes cometen errores comunes al momento de presentar su declaración anual. Para evitar contratiempos y multas, aquí algunos consejos clave:

  • Organiza tus documentos desde el inicio del año: Mantén todos tus documentos fiscales organizados. La falta de organización puede llevar a olvidos o equivocaciones en el llenado de tu declaración.
  • Revisa cada detalle: Aunque creas que tus cifras están correctas, es importante verificar todos los datos antes de enviarlos. Un error en los números podría generar problemas con las autoridades fiscales.
  • Cumple con las fechas: Es crucial que no dejes para último momento el envío de tu declaración. Recuerda que el plazo para las personas morales es hasta el 31 de marzo, mientras que las personas físicas deben cumplir con su obligación antes del 30 de abril.
  • Asesoría contable: Si tienes dudas, es recomendable buscar el apoyo de un contador o despacho contable especializado. Asegúrate de que tengan experiencia en el tema para evitar errores graves.
  • Nunca declares información falsa: Declarar información incorrecta o falsa puede acarrear sanciones severas, incluyendo multas económicas e incluso prisión.

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