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IEEG determina que Partido Verde sí tendrá que pagar multa económica

El IEEG aplicó al Verde una multa de 19 mil 434 pesos en solitario, y una más de 4 mil 414 por su participación en la coalición Sigamos Haciendo Historia
Vida Pública

Héctor Almaguer

IEEG determina que Partido Verde sí tendrá que pagar multa económica IEEG determina que Partido Verde sí tendrá que pagar multa económica

Afiliados al Partido Verde en Guanajuato. Foto: Archivo

Guanajuato, México.- Este lunes 13 de enero el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) sesionó para dar su resolución sobre una queja que interpuso el Partido Verde en diciembre del año pasado con respecto a unas multas que el pasado 3 de diciembre, el IEEG le aplicó por no cumplir con la obligación de “registrar en el sistema la información curricular y de identidad de la totalidad de las candidaturas que postularon durante el pasado proceso electoral".

En aquella ocasión, el IEEG aplicó al Verde una multa de 19 mil 434 pesos en solitario, y una más de 4 mil 414 por su participación en la coalición Sigamos Haciendo Historia, ya que ambas fuerzas políticas postularon candidatos por separado.

Sin embargo, el 4 de diciembre, el Verde presento un recurso de revocación en contra de esta decisión argumentando tres cosas: la primera que no había fundamentación ni motivación para la multa. La segunda que “no toda la información solicitada por el sistema “Candidatas y candidatos conóceles” era obligatoria". Y la tercera, que “la calificación de la falta adolece de una metodología clara y de congruencia interna”.

 
Reunión del IEEG en donde se determinó multar al PVEM.

En la sesión de este lunes llevada a cabo de manera remota, el Consejo General del IEEG a cargo de Brenda Canchola desestimó 2 de esos 3 argumentos de manera total y uno más de manera parcial, aunque reconocieron que les faltó explicar, cómo se decidió el monto de las multas., así lo explicó la consejera presidente, Brenda Canchola Elizarrarás.

“Respecto de los agravios vertidos por el Partido Verde Ecologista de México, se tiene que resulta infundado el agravio consistente en indebida motivación y fundamentación, resulta inoperante e infundado, el agravio consistente en que no toda la información solicitada por el sistema candidatas y candidatos conóceles era obligatoria… Y resulta parcialmente fundado, el agravio consistente en la calificación de la falta que adolecía de una metodología clara y de congruencia interna, conforme a lo planteado por el propio partido político, por lo que este consejo general determina que es procedente la modificación de la resolución recurrida, específicamente en lo relativo al estudio del tercer agravio, para brindar mayor claridad sobre la metodología empleada para la calificación de la falta, lo anterior a fin de que los partidos políticos sancionados tengan plena claridad de las circunstancias que se tomaron en cuenta para la resolución", concluyó.

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