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Invalida SCJN ley de Guanajuato que obliga a pedir permiso para manifestarse

El Pleno de la SCJN señaló que es inconstitucional pedir autorización para las manifestaciones en Guanajuato
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Invalida SCJN ley de Guanajuato que obliga a pedir permiso para manifestarse Invalida SCJN ley de Guanajuato que obliga a pedir permiso para manifestarse

El Pleno de la SCJN señaló que es inconstitucional pedir autorización para las manifestaciones en Guanajuato

Staff Correo
León.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional que los ciudadanos de Guanajuato tengan que pedir autorización al gobierno local para poder manifestarse en calles o plazas públicas, tal como lo establece la Ley de Justicia Cívica del Estado de Guanajuato.

El Pleno de la SCJN invalidó el contenido del artículo 66, fracción III de dicha ley, que establecía como infracción en materia de seguridad ciudadana el usar las áreas y vías públicas sin contar con autorización para las manifestaciones en Guanajuato.

Guanajuato manifestacion 8
Foto: Correo

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“Respecto de esa disposición, se determinó que resultaba contrario a los derechos fundamentales a la libertad de expresión, reunión y asociación, ya que pedir una autorización para el uso del espacio público era una exigencia que constituía una censura previa de los mensajes y que haría depender su difusión de una decisión de las autoridades administrativas”, cita el fallo de la SCJN.

También echan atrás requisitos para acceder a cargos públicos

En la misma sesión, el máximo tribunal del país invalidó las fracciones V de los artículos 8, 11, 13, 15 y 17 de la Ley de Justicia Cívica del Estado de Guanajuato, en los que se preveía que, para ser juez de justicia cívica, facilitador de juzgado cívico, secretario, defensor de oficio de juzgado cívico y médico de juzgado cívico debería cumplirse con el requisito de no suspender o inhabilitar para el desempeño de un cargo público.

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Manifestación de ciclistas en León 2
Foto: Ivonne Ortiz

Al respecto, el Pleno estimó que dichas disposiciones eran inconstitucionales al infringir el derecho para acceder con igualdad a cargos públicos. Esto ya que al someterlos a un test de razonabilidad advirtió que. Aun cuando la norma perseguía un fin constitucionalmente válido (como podría ser que accedan personas con características de rectitud, probidad y honorabilidad). Lo cierto era que constituía una prohibición absoluta que resultaba sobreinclusiva. Por ello, no era una medida adecuada para cumplir con dicho objetivo.

La acción de inconstitucionalidad 89/2021 fue promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandando la invalidez de diversas disposiciones de la Ley de Justicia Cívica del Estado de Guanajuato, expedida mediante Decreto Número 321, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad de 23 de abril de 2021.

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