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Menor de Guanajuato cambiará su nombre y sexo en su acta de nacimiento gracias a amparo

El Registro Civil de Guanajuato tendrá que acatar la orden de una juez y cambiar el nombre y sexo de un menor en su acta de nacimiento para garantizar el desarrollo de su identidad 
Vida Pública

Staff Correo

Menor de Guanajuato cambiará su nombre y sexo en su acta de nacimiento gracias a amparo Menor de Guanajuato cambiará su nombre y sexo en su acta de nacimiento gracias a amparo

Registro Civil de León

Guanajuato, México.- Una juez de Guanajuato concedió un amparo de la justicia federal a un menor para que el Registro Civil le expida una nueva acta de nacimiento con una reasignación de nombre y cambio de sexo.

Tras resolver el amparo indirecto 664/2022, se concluyó que la Directora de Asesoría Jurídica y Rectificación de la Dirección General del Registro Civil del Estado de Guanajuato debe inaplicar el artículo 44 del Código Civil para esa entidad por resultar inconstitucional e inconvencional.

Cuando una persona pretende cambiar de nombre o de sexo en su acta de nacimiento, la norma señala que debe acudir a la vía administrativa y no a la jurisdiccional, Ya que sería una violación al libre desarrollo de la personalidad e identidad sexual.

 

 

 

El Registro Civil de Guanajuato tendrá que acatar la orden de la juez Foto: especial 

Madre pelea por los derechos de su hijo en Guanajuato

En León, una madre representó a su hijo menor y promovió un amparo contra autoridades locales y estatales porque le negaron la modificación de su identidad en el acta de nacimiento.

La respuesta fue que debía acudir a la vía judicial para ello. Por esta razón una juez señaló que se transgredieron los derechos a la identidad y vida privada del menor.

Asimismo, la sentencia establece que “los numerales 44 y 140-A del Código Civil del Estado de Guanajuato son inconstitucionales. En cuanto aduce que el cambio de sexo en el acta de nacimiento debe hacerse en la vía jurisdiccional, debido a que limitan la elección de la preferencia sexual por la que la persona elija”.

 
El menor podrá desarrollar su identidad libremente Foto: especial 

 

 

Menor podrá cambiar su identidad y sexo ante el Registro Civil de Guanajuato

Por lo anterior, el Registro Civil de Guanajuato tendrá que modificar el nombre y sexo del menor en su acta de nacimiento. Además, se precisa que la autoridad deberá tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 136-A del Código Civil de la entidad que señala cuando haya procesos o procedimiento que deriven en el cambio de apellidos de niñas, niños y adolescentes.

Con ello los menores de 18 años tendrán el derecho a opinar y a ser tomados en cuenta confirme a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez.

MJSP

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