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Nuevo golpe a la FGE: juez evidencia investigación incompleta del caso González Topete

Un amparo a Laura Elena la ratifica como víctima y ahora la FGE Guanajuato está obligada a completar la investigación del caso de su esposo
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Nuevo golpe a la FGE: juez evidencia investigación incompleta del caso González Topete Nuevo golpe a la FGE: juez evidencia investigación incompleta del caso González Topete

Un amparo a Laura Elena la ratifica como víctima y ahora la FGE Guanajuato está obligada a completar la investigación por la muerte de su esposo

Staff Correo

León.- El Juzgado Décimo Primero de Distrito en Guanajuato ratificó a Laura Elena Díaz Infante González como víctima indirecta. Así, ordenó a la Fiscalía General del Estado (FGE Guanajuato) completar la investigación y el levantamiento de pruebas sobre la muerte de su esposo Jorge González Topete

El 16 de noviembre de 2015, encontraron sin vida al esposo de Laura Elena en la habitación de un hotel, en León. Cuatro días después la FGE Guanajuato sostuvo como línea de investigación que se suicidó. Según la carpeta de investigación, Jorge “se intoxicó con una estopa y thinner. Bajo los influjos del solvente, preparó un coctel de venenos y lo ingirió”. 

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Por lo anterior, la FGE Guanajuato retiró la calidad de víctimas indirectas a su esposa e hijas que exigían una reparación integral y moral. Luego que  investigaciones de peritos privados determinaron que la causa de muerte de su esposo no fue suicidio, sino homicidio

Esa investigación quedó incompleta a los ojos del juez federal. En este sentido giró el amparo a Laura Elena que obliga a la FGE Guanajuato levantar pruebas y completar las diligencias que esclarezcan el caso. 

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Jorge González Topete y su esposa Laura
Fotos: Scarleth Pérez

El 28 de diciembre de 2021, Laura Elena y sus hijas promovieron el juicio de amparo 1139/2021. Esto, en contra de las probables órdenes del fiscal Carlos Zamarripa Aguirre para quitarles la calidad de víctima indirecta. También fue en contra de la agente Leticia Mendoza Marmolejo, de la Unidad de Tramitación Común de la Fiscalía Regional A. 

Lo anterior, por la determinación con fecha del 23 de diciembre de 2021, en la averiguación previa 26597/201. Además de omisiones para no recabar de oficio pruebas relacionadas con el caso. Los actos se estimaron violatorios de los artículos 1, 16, 17 y 20 de la Constitución. 

El 13 de enero de 2022, se admitió a trámite la demanda de amparo, se ordenó la apertura del incidente de suspensión. Asimismo, se requirió a los responsables su informe justificado y se desahogaron las pruebas de la parte quejosa. 

Finalmente, el 14 de marzo de 2022, se llevó a cabo la audiencia de la que se determinó el amparo y protección a Laura Elena Díaz Infante González. Esto, en contra de la diligencia en la que se le retiró la calidad de víctima por parte de la agente del Ministerio Público.

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Foto: Archivo

Además, se le concede en contra de la omisión reclamada al integrar la averiguación previa 26597/2015, en un plazo razonable. Esto último, en relación a recabar —de oficio— las pruebas relacionadas. 

Por lo anterior, la FGE Guanajuato tiene 30 días, para acatar los lineamientos que estableció la jueza sexto penal de partido al resolver el inejercicio 25/2016. Además, se incluye, de existir, la diligencia pendiente que sea necesaria para integrar la averiguación previa 26597/2015.

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“De ser así, tome las medidas conducentes para que se practique dentro de los plazos establecidos en la norma. Para que, en su momento procesal, resuelva sobre el ejercido o no de la acción penal, según corresponda”, indica el fallo. 

Por otro lado, determinó que se sobresee el juicio en relación a la probable orden verbal, escrita o de cualquier forma del fiscal general para no reconocer el carácter de víctima indirecta a Laura Elena. Esto, sin dejar de lado el requerimiento de pruebas para integrar la averiguación previa del presunto asesinato.

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