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Reparto de Utilidades 2025 ¿Cuándo las deben de pagar?

Conoce cuándo se debe hacer el reparto de Utilidades 2025 según la Ley Federal del Trabajo y checa tus derechos laborales
Vida Pública

Oscar Vazquez

Reparto de Utilidades 2025 ¿Cuándo las deben de pagar? Reparto de Utilidades 2025 ¿Cuándo las deben de pagar?

“Conoce cuánto dinero te toca este Reparto de Utilidades 2025” (Foto: Especial)

Guanajuato, Gto.- El reparto de utilidades es una prestación fundamental que reconoce el esfuerzo de los trabajadores en el éxito de las empresas y está protegido por la Ley Federal del Trabajo (LFT). Las fechas claves son en abril, pero en algunos casos pueden extenderse hasta junio.

La Ley Federal del Trabajo señala que el reparto de utilidades deberá efectuarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha límite que tienen las empresas para presentar su declaración anual de impuestos. 

 

“Los lineamientos de la Ley Federal del Trabajo establecen la fecha límite para el Reparto de Utilidades” (Foto: Especial)

La fecha límite para presentar este trámite fiscal es el lunes 31 de marzo.

¿Qué empresas están exentas del Reparto de Utilidades?

No todos los trabajadores recibirán un porcentaje de las ganancias de parte de sus patrones. La ley puede exceptuar del reparto de utilidades a cierto tipo de empresas, entre ellas están:

  • Todos los trabajadores que ofrezcan un servicio de forma directa, es decir, trabajadores domésticos, directores, administradores, técnicos, gerentes, profesionistas, artistas, entre otros, que no tengan una relación subordinado-patrón.
  • Las empresas de nueva creación, durante su primer año de funcionamiento.
  • Las empresas de nueva creación, dedicadas a la innovación, durante sus dos primeros años de funcionamiento (Estas empresas son determinadas por la Secretaría de Economía, no por la empresa).
  • Toda empresa extractiva (mineras y petroleras por ejemplo), mientras estén en periodo de exploración y no de producción.
  • Instituciones públicas (IMSS por ejemplo)
  • Instituciones humanitarias o sin ánimo de lucro.
  • Toda empresa cuyos ingresos anuales sean menor a 300 mil pesos.

¿Cuánto deben darte en el reparto de utilidades en 2025?

La Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Unidades de las Empresas (CNPUE) es el órgano oficial que determina el porcentaje de las ganancias seleccionado para los trabajadores.

A la fecha de hoy:

  • El 10% de las utilidades netas de la empresa le corresponde a los trabajadores.
  • La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales. La primera parte se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.
  • Se considera como salario la cantidad que perciba el trabajador en efectivo por cuota diaria. Cuando la retribución sea variable, se tomará como salario el promedio de las percepciones obtenidas en el año.
 

“Parte del Reparto de Utilidades depende del salario de cada trabajador” (Foto: Especial)

¿Para qué trabajadores es aplicable esta prestación?

El reparto de utilidades es aplicable a todos los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de $300 mil pesos o más, según su declaración fiscal, y que tengan más de un año en funcionamiento.

  • Siendo estas las únicas condiciones especificadas. No están excluidos:
  • Los trabajadores que ya no laboren en la empresa en cuestión.
  • Los trabajadores sin contrato por obra determinada.

¿Cuándo se debe recibir el Reparto de Utilidades?

Todos los trabajadores, bajo la Ley Federal del Trabajo, tienen el derecho constitucional de recibir una parte de las ganancias que una empresa o patrón genera por su actividad productiva.

En 2025, las fechas clave son:

  • A más tardar el 30 de mayo para trabajadores que laboran con personas morales (empresas)
  • A más tardar el 29 de junio para trabajadores que laboran con persona física (patrón)
 

“El Reparto de Utilidades se dará a más tardar el 30 de mayo del 2025” (Foto: Especial)

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar mi Reparto de Utilidades?

De acuerdo a lo estipulado por la Ley Federal del Trabajo, si el trabajador no recibe su prestación o no se le paga de forma completa, este tiene un plazo de un año para reclamar el pago de sus utilidades.

Cualquier reclamación después de este periodo de tiempo será considerada como nula.

¿Dónde denunciar si no me pagaron mis Utilidades?

Si no recibiste utilidades denuncia en inspeccionfederal@stps.gob.mx o acude a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para asesorarte.

Para solicitar una visita de inspección, acude a la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo (DGIFT) de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

 

“El Reparto de Utilidades es un derecho fundamental, exígelo como tal” (Foto: Especial)

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La fecha límite para recibir el pago de las utilidades 2025: ¿quiénes tienen derecho a recibirlas y qué pasa si no se pagan? - AS México

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