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TEEG exonera a medio de comunicación en caso de violencia política de género

TEEG dictaminó que un medio de comunicación no incurrió en violencia política de género al reproducir declaraciones de Diego Sinhué
Vida Pública

Josué Castillo

TEEG exonera a medio de comunicación en caso de violencia política de género TEEG exonera a medio de comunicación en caso de violencia política de género

La resolución del TEEG subraya la necesidad de considerar el contexto en el que se publicaron las declaraciones, así como el ejercicio del derecho a la información y la libertad de prensa. Foto: Especiales

Guanajuato, Guanajuato.- El Tribunal Electoral del Estado de Guanajuato (TEEG) sentenció que no hubo violencia política de género por parte del un medio de comunicación al reproducir declaraciones del gobernador del estado de Guanajuato, Diego Sinhué, contra la candidata a la gubernatura de Guanajuato por la coalición “Sigamos haciendo historia” Alma Alcaraz Hernández.

Durante la sesión pública del pasado 23 de abril el Pleno del TEEG resolvió que en el caso del proceso especial sancionador TEEG-PES-19/24 el periódico no incurrió en violencia política en razón de género en perjuicio de la candidata, toda vez que al reproducir las declaraciones del gobernador del estado el ejercicio la jurisprudencia señala que el ejercicio periodística cuenta con una protección especial al constituir un eje central en la circulación de ideas e información política.

 
El TEEG examinó la nota periodística en su contexto y concluyó que no se cometió la infracción de violencia política de género, resaltando la presunción de licitud del trabajo periodístico. Foto: Especiales

La sentencia señala además que el trabajo periodístico goza “de un manto jurídico protector respecto de su trabajo y de una presunción de licitud de su actividad de solo podrá ser superada cuando exista prueba en contrario y ante la duda la autoridad electoral debe optar por aquella interpretación que sea más favorable a su defensa”.

La sentencia señala que a partir del análisis integral de la nota y el contexto en el que se publicó es que se determina que no se cometió tal infracción.

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