"Legislar para todos; sin prejuicios"
Legislar implica crear leyes justas, claras y aplicables que promuevan el bienestar social, que respeten los derechos humanos y garanticen la equidad. Pero ello se tiene que hacer sin perjuicios morales e ideológicos, para construir una sociedad más equitativa y democrática. Esto implica entrarle a los temas sensibles, controvertidos, delicados, espinosos. Centrándose en los principios y valores como la justicia, la igualdad, la inclusión y los derechos humanos, dejando de lado intereses personales, creencias religiosas o ideologías políticas que puedan sesgar las decisiones, con especial cuidado en querer imponer a los demás las propias creencias personales, religiosas y sus prejuicios.
Los diputados locales deben legislar adoptando una perspectiva imparcial para analizar cada propuesta basándose en evidencia objetiva y en su impacto real en la ciudadanía. Recordando que representan a toda la población, por ello deben de considerar las necesidades de todas las personas, especialmente de las comunidades o grupos vulnerables como las mujeres o los grupos LGTBIQ+ Se debe trabajar por los derechos humanos de todos y la igualdad de género. Fomentar el diálogo buscando puntos en común y priorizar el consenso sobre la confrontación. Garantizar transparencia: Mantener procesos legislativos abiertos y accesibles al público para fomentar la confianza y la participación ciudadana realizando: Consultas Ciudadanas, para que las leyes en verdad sean un reflejo de las necesidades y valores de la sociedad por ello, es clave involucrar a la ciudadanía a través de consultas públicas, foros y mecanismos participativos. Hay que reconocer que el derecho evoluciona; no puede quedar rezagado en los prejuicios obsoletos, sin tomar en cuenta la evolución cultural y social. Legislar debe basarse en evidencia, creando leyes sustentadas en datos y estudios científicos para garantizar que las regulaciones sean efectivas y respondan a problemas reales. Claridad y Accesibilidad: Las leyes deben estar redactadas en un lenguaje claro y sencillo para facilitar su comprensión por todas las personas. Protección de Derechos Humanos: Toda legislación debe garantizar la igualdad, la no discriminación y protección de los derechos fundamentales. Evaluación de Impacto: Antes de aprobar una ley, se debe analizar el impacto social, económico y ambiental que tendrá para prever posibles efectos negativos. Flexibilidad y Actualización: Las leyes deben ser lo suficientemente flexibles para adaptarse a los cambios tecnológicos, sociales y culturales, revisándose periódicamente.
Ejemplo de ello son los temas como la despenalización del ABORTO Y EL MATRIMONIO ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO. Legislar sobre estos temas en Guanajuato es inevitable, nuestros diputados deben recordar que no legislan solamente para sus grupos religiosos o creencias, o para la doctrina de algún partido, sino para los derechos de todas las personas. Guanajuato tiene que legislar, por los derechos de las mujeres, para su libre decisión, para no criminalizar el aborto, para despenalizarlo. Porque es una realidad, que hay mujeres que deciden interrumpir su embarazo. La despenalización del aborto no es una postura de un partido, ni la opinión de una sola persona; es una necesidad de la sociedad para garantizar que las mujeres ejerzan plenamente sus derechos. Se trata de derechos sexuales y reproductivos, es un tema de salud pública.
Pese a ello Guanajuato continúa siendo una de las entidades federativas en México que no ha armonizado su legislación local para estar acorde. Nuestro Código Penal para el Estado de Guanajuato, aún tiene establecido:
Artículo 158.- Aborto es la muerte provocada del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez. (REFORMADO, P.O. 3 DE JUNIO DE 2011).
Artículo 159.- A la mujer que provoque o consienta su aborto, se le impondrá de seis meses a tres años de prisión y de cinco a treinta días multa.
Artículo 160.- A quien cause el aborto con el consentimiento de la mujer, se le impondrá de uno a tres años de prisión y de diez a treinta días multa.
Pese a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación a establecido criterios para despenalizarlo desde septiembre de 2021 y 2023 por las acciones de inconstitucionalidad AI 148/2017, AI 106/2018, AI 107/2018 y AI 54/2018; y el amparo en revisión AR 267/2023, por lo que a petición de cualquier mujer o persona gestante en la entidad sin especificar claramente el límite máximo del embarazo; además de las causales de violación, peligro de muerte y daño a la salud.
La inconstitucionalidad que ha declarado la corte hace que Guanajuato, este obligado a modificar sus normas independientemente de su mayoría ideología y partidista.
Invito a nuestros legisladores a adoptar una actitud razonable, dejar la cerrazón ideológica y proceder en consecuencia a armonizar la legislación debatir y entrar a los temas, no rehuir, las iniciativas sobre los grandes problemas sociales; no esperar a que desde el PODER EJECUTIVO LES DEN LINEA, a que no le tengan miedo a
legislar sobre el aborto, el matrimonio igualitario o ley de sociedad de convivencia. La violencia de género, legislar sobre las desapariciones forzadas, la creación de un instituto estatal forense para identificación humana en GUANAJUATO, para atender la crisis forense ocasionada por tantos muertos, así como sobre los derechos de las minorías LGBTTTIQ+, entre muchos otros, ya que son estos los temas que realmente preocupan les preocupan a los guanajuatenses.
La 66 LXVI SEXAGÉSIMA SEXTA LEGISLATURA de Guanajuato, debe de dejar de perder el tiempo; ya que está incurriendo en varias omisiones legislativas; como muestra, la reforma pendiente al poder judicial en Guanajuato. Conforme al transitorio octavo del Decreto publicado el 15 de septiembre del 2024; tenían un plazo de 180 días naturales a partir de la entrada en vigor, el cual concluyo el pasado viernes 14 de marzo. La falta de acción o incumplimiento del legislativo traerá consecuencias como la responsabilidad política: los legisladores pueden enfrentar críticas o consecuencias políticas por no cumplir con su deber de legislar en temas clave. responsabilidad legal: la corte puede ordenar al poder legislativo tomar acción en casos donde su inacción afecta derechos fundamentales o viola principios constitucionales. el impacto en la población: la omisión legislativa puede llevar a un vacío legal que afecte negativamente a grupos vulnerables, a la economía, o incluso a la seguridad jurídica.
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