Cambian requisitos en el programa ‘Mujeres con Bienestar’ 2025: ¿Quiénes ya no recibirán el apoyo económico?
Ciudad de México, México.- El programa "Mujeres con Bienestar" del Estado de México, que ofrece un apoyo económico de dos mil 500 pesos bimestrales, ha anunciado importantes cambios para este 2025.
A partir de este año, el rango de edad para ser beneficiaria será modificado, excluyendo a las mujeres de 63 y 64 años, quienes deberán incorporarse a la Pensión Mujeres Bienestar del Gobierno federal, que otorga un apoyo de tres mil pesos bimestrales.
Con esta actualización, el programa se enfocará en mujeres de entre 18 y 62 años que residan en el Estado de México y se encuentren en situación de pobreza y sin acceso a la seguridad social.
Las interesadas en acceder al apoyo deberán cumplir con varios requisitos, entre los cuales se incluyen presentar su acta de nacimiento, identificación oficial vigente, CURP actualizada, comprobante de domicilio reciente, y el Formato Único de Bienestar, que debe ser llenado y firmado.
Continuidad para las beneficiarias de 2024
Las mujeres que ya son beneficiarias del programa en 2024 podrán continuar recibiendo el apoyo, siempre y cuando firmen el manifiesto de permanencia y exista suficiencia presupuestal para ello.
Esta medida garantizará que quienes ya forman parte del programa no se vean afectadas por los cambios, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.
Prioridad a grupos vulnerables
El programa dará preferencia a ciertos grupos de mujeres, como aquellas que sean madres solteras, mujeres indígenas o afromexicanas, residentes en zonas de alta y muy alta marginación, personas con enfermedades crónico-degenerativas o discapacidad, mujeres que cuiden a personas con discapacidad, víctimas de delitos, y mujeres repatriadas.
Proceso de inscripción
Para formar parte del programa en 2025, las interesadas deberán realizar un pre-registro en línea a través del portal de la Secretaría de Bienestar del Estado de México.
Al completar el registro, se les asignará un folio que deberán presentar junto con los documentos correspondientes en los módulos establecidos. Posteriormente, la Secretaría de Bienestar validará la información para determinar la elegibilidad.
Si alguna solicitante no puede asistir personalmente por motivos de salud, un representante podrá hacer el trámite en su nombre, siempre y cuando presente una carta poder y un certificado médico expedido por una institución pública.
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